Una PYME es sancionada con 8.000€ por compartir datos personales y económicos por WhatsApp

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Aunque el uso de WhatsApp empezó siendo para uso personal, el número de gestiones profesionales y/o empresariales que se llevan a cabo por este medio son cada vez mayores. La facilidad, rapidez y comunidad global hace muy cómodo el compartir datos por esta plataforma. Una ventaja llena de riesgos para la privacidad que debemos tener en cuenta.

En los últimos días hemos visto como la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a una PYME con 8.000€ por compartir por error los datos personales y económicos (deudas de la TGSS) de un particular.

La AEPD, una vez vista las pruebas aportadas, ha decidido imponer una sanción administrativa por doble infracción de los artículos 5.1.f) y 32 del RGPD, tanto por revelar datos personales sin base de legitimación, como por la brecha de seguridad producida.

Además de la sanción de 8.000€ la AEPD insta a la PYME a aplicar las medidas correctivas necesarias para que tales hechos no se vuelvan a producir, y le da un mes para ello.

Este tipo de sanciones perjudican la reputación empresarial de una empresa, hasta tal punto que la pueden llevar a la quiebra, más allá de la propia sanción económica.

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Pídenos una valoración sin compromiso para cumplir con todas las obligaciones en materia de protección de datos personales y seguridad de la información.

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