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Delegado de Protección de Datos

Delegado de Protección de Datos externo (DPO/DPD)

DPO externo certificado e inscrito en la AEPD para clínicas, centros educativos, ayuntamientos, aseguradoras y empresas que tratan datos a gran escala. Un interlocutor con la Agencia que ya ha gestionado cientos de expedientes, por una cuota anual cerrada.

Pedir propuesta de DPO externo¿Estoy obligado?

DPO de entidades públicas y privadas desde 2018 · Miembros de APEP · Pacto Digital AEPD

¿Estoy obligado?

Quién debe nombrar un Delegado de Protección de Datos

El artículo 37 del RGPD y el artículo 34 de la LOPDGDD fijan los casos en los que el DPO es obligatorio. Si estás en la lista, tienes que designarlo y comunicarlo a la AEPD en 10 días.

  • Centros sanitarios: hospitales, clínicas, centros de salud (no los profesionales individuales)
  • Centros docentes, universidades y colegios profesionales
  • Administraciones públicas: ayuntamientos, diputaciones, organismos autónomos
  • Entidades financieras y de crédito, aseguradoras y establecimientos financieros de crédito
  • Empresas de seguridad privada y operadores de juego
  • Prestadores de servicios de la sociedad de la información que elaboren perfiles a gran escala
  • Distribuidoras y comercializadoras de energía, operadores de redes y servicios de comunicaciones
  • Empresas de publicidad e informes comerciales con perfilado
  • Federaciones deportivas con menores y cualquier entidad que trate datos de salud, biométricos o penales a gran escala
  • ¿No estás en la lista? El RGPD también lo exige cuando la actividad principal implica observación habitual y sistemática de personas a gran escala (videovigilancia masiva, apps con geolocalización, perfilado). Te lo confirmamos en la propuesta; si no es obligatorio, no te lo vendemos.

Qué hace nuestro DPO externo por tu organización

1 · Designación e inscripción

Nombramiento, comunicación a la AEPD y publicación como contacto en tu política de privacidad y en tu web. Desde ese momento, las reclamaciones y consultas llegan a nosotros.

2 · Supervisión y asesoramiento

Resolvemos las consultas de tu personal, asesoramos en nuevos tratamientos (IA, videovigilancia, biometría, apps), revisamos contratos con proveedores y participamos en las evaluaciones de impacto.

3 · Derechos, brechas y AEPD

Gestionamos los ejercicios de derechos y las reclamaciones, notificamos las brechas de seguridad en 72 horas y llevamos la interlocución con la Agencia en cualquier procedimiento. Informe anual de cumplimiento para dirección o pleno.

Interno o externo

Por qué un DPO externo sale mejor que formar a alguien de la plantilla

Sin conflicto de interés. El RGPD prohíbe que el DPO sea quien decide sobre los tratamientos: ni gerencia, ni el responsable de informática, ni RR. HH. En una pyme casi nadie queda fuera de esa lista.

Cuesta menos. Formar y certificar a un empleado, liberarle horas y mantenerle al día de los criterios de la AEPD supera con mucho una cuota anual externa, y si se va de la empresa empiezas de cero.

Responde quien sabe. Nuestro equipo lleva expedientes ante la AEPD desde 2011 y es DPO de ayuntamientos, centros sanitarios, colegios y empresas industriales. Cuando llega un requerimiento, no es la primera vez.

Presencial o a distancia. Reuniones en tu sede en Galicia o por videollamada en toda España y Europa; la inscripción y la interlocución con la AEPD son telemáticas.

Para quién

DPO externo para empresas, entidades y administraciones

Cuota anual cerrada según el volumen y la sensibilidad de los tratamientos, sin coste por consulta ni por reclamación. Te la confirmamos tras el diagnóstico gratuito.

Pymes y despachos

Tratamientos habituales (clientes, empleados, proveedores) sin datos de salud a gran escala.

Clínicas, colegios y aseguradoras

Datos de salud, menores o perfilado; evaluaciones de impacto y formación anual incluidas.

Ayuntamientos y entidades públicas

Padrón, transparencia, videovigilancia y sede electrónica. Trabajamos con la FEGAMP.

Sanciones

No nombrar DPO cuando es obligatorio es infracción grave

El artículo 73 de la LOPDGDD lo tipifica como infracción grave: multas de hasta 10 millones de euros o el 2 % de la facturación anual. La AEPD ya ha sancionado a centros sanitarios, colegios y empresas por no tener DPO o por no comunicarlo, con multas de miles de euros incluso en entidades pequeñas.

Y el daño mayor no es la multa: sin DPO, cada reclamación de un paciente, alumno o empleado la contesta alguien sin experiencia, y la Agencia lo nota.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre el DPO externo

Sí, si tiene formación acreditada y no decide sobre los tratamientos. En la práctica, en una pyme eso excluye a gerencia, informática y RR. HH., y deja a alguien sin tiempo ni experiencia ante la AEPD.

Nuestro equipo cuenta con formación especializada en protección de datos y somos miembros de APEP y de la Asociación Española de Delegados de Protección de Datos. (Alberto: indicar aquí la certificación concreta, por ejemplo DPD certificado bajo el esquema de la AEPD.)

Es una cuota anual cerrada que depende del volumen y la sensibilidad de los tratamientos, no de la facturación. Te la confirmamos tras el diagnóstico gratuito.

Sí. Somos DPO de entidades locales gallegas y trabajamos con la FEGAMP; el servicio se adapta a la población y a los servicios que presta el ayuntamiento.

Podemos asumir solo la figura del DPO. Revisamos lo que tenéis en la primera reunión y señalamos lo que haya que corregir, sin obligaros a rehacerlo todo.

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Te decimos si estás obligado a nombrar DPO, qué incluye el servicio y la cuota anual cerrada.

  • Te decimos si el DPO es obligatorio en tu caso, sin compromiso
  • Cuota anual cerrada, sin coste por consultas
  • Inscripción ante la AEPD incluida

¿Prefieres hablar? 600 911 803 · lunes a viernes, 8:00 a 15:00 · administracion@aysinnova.es

  • Responsable: AYS INNOVA, S.L. Finalidad: atender tu solicitud y enviarte el diagnóstico y la propuesta. Legitimación: consentimiento. Derechos: acceso, rectificación, supresión y otros en administracion@aysinnova.es. Te respondemos en 24-48 horas laborables.

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