Inteligencia artificial y protección de datos
Protocolo de inteligencia artificial para empresas
Tu plantilla ya usa ChatGPT, Copilot, Gemini o herramientas con IA integrada, con o sin permiso. Cada consulta con datos de un cliente, un empleado o un paciente es un tratamiento que el RGPD y el Reglamento europeo de IA regulan. Definimos qué herramientas se autorizan, con qué datos y con qué garantías, y lo dejamos documentado y formado.
Integrado en la adaptación RGPD y en el servicio de DPO · Reglamento (UE) 2024/1689
Qué riesgo tienes hoy
La IA ya está en tu empresa; lo que falta es el protocolo
Un empleado pega un contrato en ChatGPT para resumirlo. Una administrativa sube la nómina de un compañero a una herramienta para «ordenar» los datos. Un comercial usa un asistente que transcribe reuniones con clientes. Ninguno lo hace con mala intención, y en los tres casos se han cedido datos personales a un tercero sin base legal, sin contrato de encargado y, a menudo, fuera de la Unión Europea.
La AEPD ya ha publicado criterios sobre el uso de IA generativa y sanciona la cesión de datos a herramientas no controladas igual que cualquier otra comunicación ilícita. Y desde 2025 el Reglamento europeo de IA añade obligaciones propias: alfabetización de la plantilla, transparencia y, para ciertos usos (selección de personal, evaluación de empleados, scoring de clientes), requisitos de sistema de alto riesgo.
Prohibir la IA no funciona: se sigue usando, pero a escondidas. Lo que funciona es decidir qué herramientas sí, con qué datos y con qué reglas.
Qué incluye el protocolo de inteligencia artificial
1 · Inventario y evaluación
Identificamos qué herramientas de IA se usan ya (incluidas las integradas en Office, CRM o correo), quién las usa y con qué datos. Revisamos condiciones, ubicación de los datos y contratos de encargado de cada proveedor.
2 · Protocolo y documentación
Política de uso de IA: herramientas autorizadas, datos que nunca se introducen, configuración de privacidad, supervisión humana, registro de uso y régimen disciplinario. Se integra en tu registro de tratamientos y, cuando procede, en una evaluación de impacto.
3 · Formación y seguimiento
Sesión práctica para la plantilla con certificado (la alfabetización en IA que exige el Reglamento), revisión anual del inventario y actualización del protocolo cuando cambian las herramientas o la normativa.
Reglamento europeo de IA
Qué te exige el Reglamento (UE) 2024/1689 según cómo uses la IA
Uso general (redacción, resúmenes, atención al cliente)
Alfabetización de la plantilla, transparencia cuando el usuario interactúa con una IA y cumplimiento del RGPD en los datos que se introducen.
Recursos humanos (selección, evaluación, control)
Sistemas de alto riesgo: obligaciones de supervisión humana, información a los trabajadores y a la representación legal, y evaluación de impacto en protección de datos.
Clientes (scoring, perfilado, decisiones automatizadas)
Derecho a no ser objeto de decisiones automatizadas (art. 22 RGPD), información reforzada y, según el sector, requisitos de alto riesgo.
Usos prohibidos
Reconocimiento de emociones en el trabajo, categorización biométrica o puntuación social: no se pueden implantar, y conviene saberlo antes de contratar una herramienta.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes sobre IA y protección de datos
¿Podemos usar ChatGPT con datos de clientes?
Con la versión gratuita o personal, no: los datos pueden usarse para entrenar el modelo y no hay contrato de encargado. Con versiones de empresa configuradas correctamente y un protocolo que limite qué datos se introducen, sí. Lo definimos herramienta por herramienta.
¿Es obligatorio tener un protocolo de IA?
El RGPD te obliga a controlar cualquier tratamiento, y el Reglamento de IA exige alfabetización de la plantilla desde febrero de 2025. El protocolo es la forma de acreditar las dos cosas ante la AEPD o la Inspección de Trabajo.
¿Tenemos que informar a los trabajadores si usamos IA en RR. HH.?
Sí. El Estatuto de los Trabajadores obliga a informar a la representación legal sobre los algoritmos que afectan a condiciones de trabajo, acceso al empleo o mantenimiento del mismo, y el Reglamento de IA lo considera un uso de alto riesgo.
¿Lo incluís en la adaptación RGPD o es un servicio aparte?
Para nuestros clientes de mantenimiento y DPO se integra en el servicio. Para empresas que ya tienen su RGPD con otra consultora, lo hacemos como proyecto independiente.
¿Cuánto tarda?
Inventario y evaluación en una o dos semanas; protocolo y formación en las dos siguientes. Depende de cuántas herramientas y departamentos haya que revisar.
Diagnóstico gratuito
Pide el diagnóstico de IA de tu empresa
Te decimos qué herramientas de IA se usan ya en tu empresa, qué riesgo tienen con tus datos y qué protocolo necesitas.
- Diagnóstico gratuito del uso de IA en tu empresa
- Protocolo integrado en tu documentación RGPD
- Formación práctica para la plantilla
¿Prefieres hablar? 600 911 803 · lunes a viernes, 8:00 a 15:00 · administracion@aysinnova.es
