Las bromas, muchas veces, salen caras. Un particular ha sido sancionado con una multa de 10.000 euros por subir a la página web Milanuncios dos anuncios de carácter sexual, suplantando la identidad de un tercero. Utilizando su imagen, nombre y número de móvil, los anuncios ofrecían servicios de masajes de índole sexual. Este acto ha causado un grave perjuicio a la persona afectada, quien ha recibido numerosas llamadas y mensajes de WhatsApp de individuos interesados en estos servicios.
La investigación llevada a cabo reveló que la Dirección IP utilizada para la publicación de estos anuncios en Milanuncios correspondía al acusado, lo que probó su autoría en el caso. Este hecho ha sido determinante para la imposición de la sanción, pues vinculó directamente al sancionado con la subida de los anuncios y la suplantación de identidad.
El caso sirve como un recordatorio importante respecto a las responsabilidades legales en el uso de internet y las redes sociales. Según expertos, este incidente demuestra que la denominada «excepción doméstica» del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) no se aplica en situaciones de este tipo. Por lo tanto, bromas o venganzas de mal gusto que impliquen la suplantación de identidad y la publicación de contenido perjudicial pueden conllevar consecuencias legales y financieras significativas.
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