COMPLIANCE
CUMPLIMIENTO NORMATIVO - RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS
En el contexto empresarial actual hay múltiples normativas que se interrelacionan, como son la protección de datos personales, los riesgos penales, las buenas prácticas empresariales, así como todo lo relativo a la comunicación y detección de conductas ilícitas.
Este proceso continuo de adaptación, actualización y prevención no solo protege a la organización de potenciales sanciones y riesgos reputacionales, sino que la fortalece internamente, brindando seguridad y confianza a sus colaboradores y clientes. Con ello, se conseguirá un sistema robusto que permita a la organización evolucionar en un entorno seguro y transparente.
Nuestro enfoque se centra en diseñar, implementar y supervisar programas de Compliance que se adapten a las necesidades específicas de cada empresa, garantizando el cumplimiento de las normativas aplicables y fomentando una cultura empresarial ética y transparente.
¿Qué ofrecemos?
- Diagnóstico/Análisis de riesgos inicial: Identificación de riesgos normativos y áreas de mejora.
- Diseño de programa de Compliance: Incluye políticas internas, manuales y procedimientos adaptados a las normativas sectoriales.
- Mantenimiento continuo: Supervisamos el cumplimiento mediante auditorías internas y sistemas de control.
- Asesoramiento ante contingencias: Apoyo jurídico en caso de denuncias, inspecciones o posibles sanciones.
Tipos penales que afectan a la actividad empresarial No todos los delitos del Código Penal son susceptibles de producir una imputación de la persona jurídica que se traduzca en su responsabilidad penal. Los grupos de delitos que, según el Código Penal pueden provocar la responsabilidad penal de la persona jurídica del modo establecido en el artículo 31.bis son los siguientes:
– Tráfico ilegal de órganos. Art.156 bis C.P.
– Trata de seres humanos. Art. 177 bis C.P.
– Delitos relativos a la prostitución y corrupción de menores. Art.187 a 189 bis C.P.
– Delitos contra la intimidad personal y familiar. Art.197 C.P.
– Delitos patrimoniales: Estafas y fraudes. Art. 248 a 251 bis C.P.
– Delitos por insolvencias punibles: alzamiento de bienes, delitos preconcursales, etc. Art. 257 a 261. bis. C.P.
– Daños informáticos. Art.264 C.P.
– Delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial. Art 270 y 274 C.P.
– Delitos relativos al mercado y a los consumidores. Art. 278 a 286 y 288 C.P.
• Secreto de empresa. Art. 278, 279, 280 C.P.
• Alteración de precios. Art. 281 C.P.
• Publicidad engañosa. Art 282 C.P.
• Facturación fraudulenta. Art. 283 C.P.
• Delitos Bursátiles. Art. 284 y 285 C.P.
• Suministro fraudulento. Art .286 C.P.
– Corrupción entre particulares. Art. 286 bis C.P.
– Blanqueo de capitales. Art. 302 C.P.
– Delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social. Art. 310 C.P.
• Fraude a la Hacienda Pública. Art 305 C.P.
• Fraude por incumplimiento de obligaciones contables. Art. 310 C.P.
• Fraude a los Presupuestos Generales de la Comunidad Europea. Art. 306 C.P.
• Fraude a la Seguridad Social. Art. 307 C.P.
• Fraude de subvenciones. Art 308 C.P.
• Obtención fraudulenta de fondos de la Comunidad Europea. Art.309 C.P.
– Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Art. 318 bis C.P.
– Delitos relativos a la energía nuclear y radiaciones ionizantes. Art. 343 C.P.
– Delitos contra la salud pública. Art. 369 bis C.P.
– Delito de falsificación de tarjetas de crédito, débito y cheques de viaje. Art. 399 bis. C.P.
– Delito de Cohecho. Art. 427. C.P.
– Delito de tráfico de influencias. Art. 430 C.P.
– Delito de Corrupción en las transacciones comerciales internacionales. Art. 445 C.P.
– Delito de Financiación del Terrorismo. Art. 576 bis C.P.