Los asistentes impulsados por Inteligencia Artificial (IA) se han convertido en una herramienta muy utilizada por empresas y usuarios para la búsqueda de información (millones de datos en tiempo real). No obstante, ante los riesgos de privacidad que se presentan por este flujo masivo de datos, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado varias recomendaciones con consejos sobre los sistemas y para los usuarios.
RECOMENDACIONES PARA LAS EMPRESAS
Los asistentes de Inteligencia Artificial que ofrezcan las empresas deben tener:
- Una Política de Privacidad y Aviso Legal que identifique de manera clara y precisa al Responsable y sus datos de localización, fiscales y contacto.
- Información clara de protección de datos con referencia al RGPD.
- Información para poder ejercer los derechos en protección de datos.
- Información sobre el sistema de aprendizaje del chatbot en cuanto a las conversaciones mantenidas con los usuarios y qué operaciones realiza con los datos una vez mejorado.
RECOMENDACIONES PARA LOS USUARIOS
Al hacer uso de uno de estos asistentes «chatbots», debemos facilitar sólo la información necesaria, y EVITAR:
- Los datos de registro que no sean necesarios.
- No continuar cuando se solicite el consentimiento sin definir la finalidad de los datos y sin la posibilidad de retirarlo en cualquier momento .
- Se recomienda limitar los datos personales que se exponen, no dar datos personales a terceros si existen dudas.
- Además hay que tener en cuenta que no hay garantías de que la información que proporciona el chatbox sea correcta y, dependiendo del sistema, puede producir daño emocional, desinformación o inducir al engaño.
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