¿El repartidor deja tus paquetes a los vecinos? La AEPD acaba de poner la primera sanción por esta conducta

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Las compras por internet son algo habitual a día de hoy. En los últimos años, se ha normalizado el pedir online todo tipo de productos a nuestra casa. De hecho, los servicios de mensajería se han ampliado y especializado, permitiéndonos el seguimiento de nuestros pedidos a tiempo real. Lo llamativo es cuando el pedido aparece «entregado» y no hemos recibido nada. Y resulta que el repartidor le ha dejado el paquete al vecino, bien sea por prisa o porque no estábamos en casa. Una conducta que va a llegar a su fin.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con 70.000€ a la compañía de transportes UPS por entregar un paquete a una vecina de la comunidad del destinatario sin su permiso. Con ello, la compañía ha infringido el artículo 5.1.f) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), en lo que respecta a la integridad y confidencialidad, así como el artículo 32 del RGPD, referente a la seguridad del tratamiento de datos personales.

La AEPD entiende que la entrega de este paquete, con toda la información personal que figura en la etiqueta de envío, a una persona no autorizada, vulnera la privacidad. Para poder llevar a cabo esta práctica, el destinatario ha de haber consentido que su envío sea entregado a otra persona. Las compañías de reparto, ante esta resolución, comenzarán a tomar medidas al respecto para asegurar la confidencialidad de los datos de sus clientes.

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Pídenos una valoración sin compromiso para cumplir con todas las obligaciones de protección de datos personales.

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