Sanción de la Agencia Española de Protección de Datos a un sitio web por la publicación de datos personales sin consentimiento previo y sin base legitimadora.

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La AEPD sanciona a los responsables de la página web con 9000€, 5000€ por la publicación de los datos  del denunciante y 4000€ por no tener los textos adaptados.

Los hechos se remontan a abril de 2020, fecha en la cual el denunciante interpone una reclamación en la Agencia tras haber visto publicados sus datos personales (nombre, apellidos y profesión) en un blog sin su consentimiento.

Una vez admitida a trámite la denuncia, la Subdirección General de Inspección de Datos procedió a la realización de actuaciones previas de investigación para el esclarecimiento de los hechos en cuestión. Como resultado de las actuaciones de investigación practicadas, se constata que el responsable del tratamiento es el reclamado.

En definitiva, la parte sancionada habría infringido el artículo 6 de la RGPD al publicar en una página web el nombre y los apellidos del reclamante sin su consentimiento, ni ninguna otra causa de legitimación así como el artículo 13 al haber recogido datos de carácter personal a través de un formulario y no facilitarle toda la información que dicho artículo recoge:


a) la identidad y los datos de contacto del responsable y, en su caso, de su representante;
b) los datos de contacto del delegado de protección de datos, en su caso;
c) los fines del tratamiento a que se destinan los datos personales y la base jurídica del tratamiento;
d) cuando el tratamiento se base en el artículo 6, apartado 1, letra f), los intereses legítimos del responsable o de un tercero;
e) los destinatarios o las categorías de destinatarios de los datos personales, en su caso;
f) en su caso, la intención del responsable de transferir datos personales a un tercer país u organización internacional y la existencia o ausencia de una decisión de adecuación de la Comisión, o, en el caso de las transferencias indicadas en los artículos 46 o 47 o el artículo 49, apartado 1, párrafo segundo, referencia a las garantías adecuadas o apropiadas y a los medios para obtener una copia de estas o al lugar en que se hayan puesto a disposición.

Esta sanción se suma pues a otras muchas que ya ha interpuesto la Agencia en similares situaciones. Por eso, es completamente imprescindible que tu página web o la de tu negocio este perfectamente adaptada para cumplir la RGPD y, de manera especial, si dispone de formularios o de algún tipo de recogida de datos de carácter personal.


Pídenos una valoración sin compromiso para evaluar el estado de tu organización y las necesidades que esta tiene para cumplir con todos los requisitos en materia de protección de datos y de seguridad de la información.

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