La AEPD endurece su criterio sobre las copias del DNI: sanciona a la Diputación de Pontevedra, multa con 20.000€ a una universidad, y reconoce la identificación a través de la app «MiDNI»

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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha reforzado su mensaje contra la petición de copias del DNI con dos actuaciones recientes . Por un lado, declaró que la Diputación de Pontevedra vulneró el principio de minimización al exigir y conservar una copia o imagen del documento para registrar presencialmente unas alegaciones; por otro, impuso una multa de 20.000 euros a Universitas Nebrissensis por exigir a un alumno la remisión del DNI completo para tramitar la expedición de un título oficial de máster.

El criterio de fondo es común: identificar a una persona no permite, por sistema, recoger y archivar la imagen íntegra de su documento si existen medios menos intrusivos para alcanzar la misma finalidad. En el caso de la universidad, la propia resolución señala que la acreditación de identidad podía lograrse con los datos estrictamente necesarios y con la información que el centro ya tenía del alumno, mientras que la AEPD lleva tiempo insistiendo en que pedir copia completa del DNI no puede instaurarse como práctica automática, como recordó también en su nota de junio de 2025 sobre hospedajes.

Este giro coincide además con el despliegue del DNI digital. El Real Decreto 255/2025 reconoce la identificación digital a través de una aplicación segura. Al mismo tiempo, el Ministerio del Interior encuadró en una segunda fase prevista para 2026 la ampliación de MiDNI a más gestiones telemáticas y firma electrónica, en un contexto en el que la presión regulatoria apunta cada vez más a verificar la identidad con menos datos y menos copias.

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