María José de la Fuente, presidenta del Tribunal de Cuentas, ha expuesto en el Congreso de los Diputados el informe de fiscalización de la Agencia Española de Protección de Datos («AEPD»), en donde se analizan los ejercicios posteriores a 2016. En esta reunión, se ha propuesto que la AEPD se financie a través de los Presupuestos Generales del Estado, y que la Agencia Tributaria se ocupe de la recaudación de las sanciones.
Las sanciones impuestas por la AEPD, las cuales financian a la propia institución, se han ido incrementando con los años (por ejemplo, se superó la recaudación en un 238% en 2017, y eso antes del Reglamento General de Protección de Datos). Una realidad que va en línea con una mayor capacidad de inspección y respuesta por parte de la Agencia. Modificaciones legislativas; rastreo digital, así como una mayor conciencia social han contribuido a ello.
MEJOR FINANCIACIÓN
La financiación de la Agencia, aunque fortalecida cada año, es objeto de debate. La cuestión es si dicha institución debe recibir una transferencia directa de los Presupuestos Generales del Estado (sin perjuicio de poder seguir generando una reserva con los ingresos que genere).
Lo que se pretende con este cambio de sistema es reforzar a la AEPD; dotando de estabilidad a las cuentas, y destinando partidas a proyectos que encaren las nuevas amenazas que se ciernen sobre la privacidad.
Además de la eficiencia económica, la capacidad de generar reservas ayudará a ampliar y especializar las investigaciones que, si bien se desarrollan con profesionalidad y contundencia a un ritmo creciente, aún no son capaces de asumir la ingente cantidad de infracciones que se cometen en el territorio (físico y digital).
INTERVENCIÓN DE LA AGENCIA TRIBUTARIA
Las sanciones han sido, desde siempre, un elemento correctivo; sobre todo en este tipo de ámbitos. Con todo, su gestión no es sencilla, por lo que la propuesta que se ha hecho para la Agencia es la elaboración de una serie de criterios homogéneos compartidos con la Agencia Tributaria (revisión y cobro de los deudores). Se propone que sea el Tesoro Público el que se encargue de los cobros de las sanciones en periodo voluntario, y que se mejore el control interno de los plazos de prescripción de las infracciones.
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Legislación vigente:
– RGPD [Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos)].
– LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales). > Legislación nacional española.