15.000 euros de sanción a un colegio porque una profesora comentó en clase el correo del padre de una alumna

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Un colegio ha sido sancionado con 15.000€ por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) tras un incidente en el que se leyó en clase un email de los padres de una alumna menor de edad, solicitando una tutoría debido a problemas que estaba enfrentando la menor. Este acto ha vulnerado el artículo 5.1.f) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que refiere al deber de confidencialidad.

El email, enviado a la profesora y leído ante todos los compañeros de clase, expresaba que la menor se sentía «abandonada, desatendida, maltratada, despreciada, insultada a veces y comparada de forma despectiva con terceros o con la otra clase…». Posteriormente, el colegio reconoció en un acta de reunión la mala praxis y ofreció disculpas a los padres de la alumna afectada.

Sin embargo, la situación se agravó cuando la profesora, no contenta con la situación previa, señaló nuevamente a la menor delante de toda la clase, mencionando en voz alta que “por lo visto había herido los sentimientos de algún compañero y que por lo visto ya no se podía decir la verdad”.

La AEPD ha requerido información a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, dejando constancia también de la comunicación del Presidente del Consejo Escolar sobre la sanción impuesta a la profesora, la cual consiste en un «apercibimiento por falta grave como resultado de una mala praxis hacia la alumna».

Para la Agencia, la actuación de la profesora es imputable al colegio, ya que el centro educativo es responsable del tratamiento en el que trabaja la profesora en el desempeño de sus funciones. Este caso resalta la importancia de mantener la confidencialidad y el respeto hacia los estudiantes, así como la responsabilidad de los centros educativos en el cumplimiento de las normativas de protección de datos.

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