La obligación (y necesidad) de un «Protocolo de Desconexión Digital» en tu empresa

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Con la aparición de nuevas tecnologías, la forma en la que trabajamos se ha transformado radicalmente. Ahora contamos con más recursos, con plataformas y servicios digitales que nos abren miles de posibilidades. Pero además, podemos trabajar desde cualquier lugar y en cualquier momento. Estamos más conectados que nunca. Una oportunidad única que nos ha llevado a situación peligrosa; una situación de alerta permanente con el trabajo. Es por ello que se se ha venido a poner límites a esta situación reconociendo el «derecho a la desconexión digital».

¿Qué es el derecho a la desconexión digital?

La «desconexión digital» es el derecho de los trabajadores a no tener que conectarse a ningún dispositivo profesional (ordenador, móvil, software, etc.) durante sus períodos de descanso o vacaciones; incluyendo el no contestar a llamadas ni responder a mensajes de texto, correos electrónicos, videoconferencias o cualquier otra forma de comunicación digital fuera de su horario laboral.

Un derecho que trata de salvaguardar la intimidad personal y familiar de los trabajadores, así como su privacidad digital, y que ha sido reconocido en tres leyes para blindar esta protección (Ley de Protección de Datos Personales «LOPDGDD», Ley del Teletrabajo y Estatuto de los Trabajadores).

Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.

Artículo 88 de la LOPDGDD y 18 de la Ley del Teletrabajo

Los trabajadores tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador, a la desconexión digital y a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización en los términos establecidos en la legislación vigente en materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores

Si mi empresa no aplica la desconexión digital de los trabajadores, ¿me pueden sancionar?

, las empresas que no respeten el derecho a la desconexión digital de sus empleados pueden ser sancionadas por Inspección de Trabajo. Bien sea por una inspección de oficio o por una denuncia de uno de los trabajadores que se ven sometidos a esta situación.

Dependiendo de la gravedad de la infracción, las sanciones pueden alcanzar los 185.000 euros, según las circunstacias de cada caso.

El «PROTOCOLO DE DESCONEXIÓN DIGITAL»

El Protocolo de Desconexión Digital se configura como el documento que definirá la política interna de desconexión digital de la empresa. Aquí se detallarán los puntos básicos y las excepciones aplicables a este derecho de los trabajadores (por ejemplo, cómo actuar ante correos electrónicos o llamadas fuera de la jornada laboral, o un acuerdo de disponibilidad firmado por un trabajador).

  • ANÁLISIS PREVIO

En este punto habrá que valorar los diferentes aspectos de la organización que pueden ser susceptibles de entrar en el ámbito de la desconexión digital.

  • DESARROLLO DEL PROTOCOLO

Una vez delimitados los puntos organizacionales y las conductas susceptibles de ser abordadas en el Protocolo de Desconexión Digital, se elaborará un «mapa» de situación de la empresa, con las medidas a adoptar, las acciones de implantación y su seguimiento.

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Pídenos una valoración sin compromiso para desarrollar un Protocolo de Desconexión Digital en tu empresa.

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