La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una sanción de 20.000 euros al Colegio Notarial de Aragón por el uso de datos biométricos, concretamente huellas dactilares, para el control de la jornada laboral de sus empleados. La multa refleja una vez más la postura de la AEPD respecto a la utilización de biometría en el ámbito laboral. Según el organismo, el uso de huellas dactilares carecía de base legal válida y existían alternativas menos intrusivas para el registro horario, como la identificación mediante códigos numéricos, que finalmente fue adoptada por el Colegio.
La AEPD cuestionó varios aspectos del caso, destacando que la normativa laboral no autoriza ni exige el uso de datos biométricos para el control horario. Aunque el Colegio justificó la medida alegando que sus directivos, notarios en ejercicio, desempeñaban funciones en remoto, la Agencia concluyó que esto no era suficiente para legitimar el uso de biometría.
Este caso es un recordatorio para las organizaciones de que el uso de tecnologías invasivas para la gestión laboral debe ser cuidadosamente evaluado y ajustado a las exigencias legales. Aunque asumir responsabilidad puede reducir la sanción administrativa, no protege frente a posibles reclamaciones de los empleados, que podrían generar importantes costes adicionales en el ámbito laboral.
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