La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a la empresa CTC Externalización con una multa de 365.000 euros por solicitar la huella dactilar a los empleados para fichar. Además, la empresa no contaba con un análisis de riesgos adecuado. Esta sanción responde a la infracción de tres artículos del Reglamento General de Protección de Datos: el artículo 13 (200.000 euros), el artículo 32 (65.000 euros) y el artículo 35 (100.000 euros).
La AEPD ha otorgado a la empresa un plazo de 6 meses para informar correctamente a los trabajadores y garantizar el borrado de la huella . Aunque la resolución se ha dado a conocer recientemente, la reclamación llegó a la AEPD el 14 de febrero de 2022, cuando un trabajador alertó que la empresa no había comunicado que la información sobre los datos biométricos se encontraba en el portal del empleado, en una sección de difícil acceso.
CTC defendió que el sistema era de verificación y no de identificación, que no almacenaba la huella y que se había informado correctamente del tratamiento de datos.
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