9.000 euros de sanción a una empresa por el envío de correos electrónicos sin copia oculta

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Una empresa ha sido sancionada con una multa de 9.000 euros debido a una brecha de seguridad consistente en enviar comunicaciones a la dirección de correo personal de un trabajador, exponiendo sin copia oculta las direcciones de correo electrónico de 129 empleados.

La denunciante, quien inicialmente facilitó su dirección de correo electrónico personal a la empresa, solicitó posteriormente que se suprimieran sus datos personales para que el contacto se realizara únicamente a través de medios corporativos. Sin embargo, la empresa continuó contactándola a través de su correo electrónico personal sin emplear la modalidad de copia oculta.

La empresa argumentó que, debido al alto volumen de empleados y la demora en la gestión de la instalación de WhatsApp en los terminales móviles corporativos, se utilizó de manera puntual y transitoria el correo electrónico personal de los empleados para comunicaciones relacionadas con la ejecución de la relación laboral. A pesar de esto, admitió que el envío de comunicaciones laborales sin el uso de la funcionalidad de copia oculta se debió a una falta puntual de diligencia.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) consideró que este incidente constituye una brecha de confidencialidad, al haberse enviado correos electrónicos a varios empleados sin utilizar la copia oculta, exponiendo indebidamente las direcciones de correo electrónico personales de los mismos. Este acto viola los principios de integridad y confidencialidad de los datos personales establecidos en el artículo 5.1.f) del RGPD, lo que resultó en la imposición de la multa mencionada.

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